El próximo 11 de abril se inicia la campaña del IRPF de 2022, que finalizará el 30 de junio de 2023. A estos efectos, como cada año, la Agencia Tributaria ha habilitado en su página web el portal de la campaña de renta, desde el que ya es posible descargar los datos fiscales del IRPF.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.
La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
¿Cuándo empieza la campaña de la Renta 2022?
• La presentación por Internet de la declaración de la Renta 2022 comenzará el 11 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2023.
• La presentación por teléfono será desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023.
• El plazo para hacer la Renta 2022 presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria, empezará el 1 de junio y terminará el día 30 del mismo mes de 2023.
¿Qué porcentaje de la renta se paga por el IRPF?
El porcentaje de la renta obtenida que se paga al Estado depende, en primer lugar, de la clase de renta. La procedente del ahorro tributa a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general.
Esta renta general tributa de acuerdo a una escala progresiva: el porcentaje de la renta que se paga por el IRPF se incrementa a medida que aumenta la renta. De esta manera se favorece a las personas con menos ingresos.
Los tramos para el IRPF 2022 son:
• Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
• Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
• Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
• Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
• Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
• Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Además, el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).
Nuevos tramos de IRPF en cinco comunidades autónomas
La tributación autonómica también presenta importantes novedades.
Madrid, Andalucía, Galicia, Murcia y la Comunidad Valenciana han modificado este año los tramos de IRPF y lo han hecho con carácter retroactivo, por lo que afectará a los autónomos de esas comunidades en su declaración de la Renta 2022.
En Madrid, la rebaja del IRPF permitirá un ahorro medio de 46 euros por cada declarante, importes similares se ahorrarán los autónomos del resto de comunidades señaladas en el párrafo anterior.
Nota Importante
Al confeccionar las declaraciones de renta, es importante revisar todos los datos facilitados por Hacienda. Algunos conceptos que benefician a los contribuyentes pueden aparecer de forma errónea, o incluso puede que no aparezcan. Por ejemplo:
• Si usted adquirió su vivienda habitual antes de 2013 y puede disfrutar de la deducción por compra de vivienda, es preciso verificar que aparecen las cuotas del préstamo satisfechas. Y si éstas aparecen, comprobar que son las correctas.
• Si se perciben rentas del trabajo, recuerde que, hasta ciertos límites, son deducibles las cuotas sindicales o de colegios profesionales, así como los gastos de defensa jurídica.
• En caso de nacimiento o adopción de hijos, es conveniente revisar que se ha computado el mínimo por descendientes y añadir los datos correspondientes.
• Es importante verificar la aplicación de las deducciones adicionales establecidas por la comunidad autónoma a las que se tengan derecho.
Nuestros profesionales están a su disposición para ayudarle a liquidar correctamente su IRPF.
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